Ley prohíbe despido de trabajadores que son víctimas de violencia familiar

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Con el fin de mejorar el bienestar de los trabajadores en sus centros laborales, la ley ha realizado ciertas modificaciones con el fin de prevenir, sancionar y de esa manera erradicar definitivamente los casos de violencia contra las mujeres y cualquier integrante del grupo familiar. Es así que hace poco se agregaron nuevos derechos para los trabajadores que son victimas de violencia familiar, donde se prohíbe expresamente su despido, por lo que si un trabajador pasa por esta situación, podrá mantener su puesto de trabajo mediante una denuncia policial por violencia familiar ya sea en contra de su esposo, conviviente o cualquier agresor que sea miembro de su familia.

Según las definiciones establecidas en esta nueva norma, la violencia familiar se define como cualquier tipo de acción o conducta ejercida por un integrante de una familia y que cause un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o la muerte a otra persona que sea integrante del mismo grupo familiar. Es aquí donde las empresas estarán incapacitadas para despedir al trabajador por causas que se relacionen con temas de violencia familiar. El concepto de esta justificación es bastante amplio y a la vez complejo, pero básicamente la ley protege al trabajador por presentar deficiencias en su capacidad o rendimiento laboral, siempre y cuando el motivo se encuentre relacionado con la violencia familiar de la que podría ser victima,  siempre y cuando se haya demostrado y haya sido acreditada.

De producirse un despido por estos motivos, el trabajador cuenta con un nuevo camino para lograr su reposición inmediata en su puesto de trabajo, para lo cual solo requerirá la denuncia de violencia familiar, lo cual lo podrá hacer en cualquier comisaría de la nación.

Pero esos no son todos los beneficios, ya que ahora un trabajador o trabajadora que sea victima de violencia familiar, tendrá opción a una justificación para llegar tarde a su centro laboral o faltar hasta 5 días dentro de un lapso de 30 días o de hasta 5 días en un semestre, de acuerdo a lo establecido en la ley. Ademas podrá mediante una simple solicitud, acceder al traslado a otra sede de la empresa donde labora o si prefiere a cambiar el horario de trabajo, siempre y cuando esto sea posible, sin afectar en absoluto su pago o cargo que venga ocupando en la empresa donde labora.

Asimismo, de requerirse, este tipo de trabajadores victimas de la violencia familiar, tendrán la facultad de solicitar por vía judicial que la empresa les conceda una licencia sin goce de pagos de hasta 5 meses, luego de lo cual deberán reincorporarse a su trabajo bajo las mismas condiciones que tenían cuando salieron del mismo. El reglamento de esta nueva ley tiene un plazo fijado para 90 días, el cual vencería en el mes de febrero del 2016. Mediante estas disposiciones se espera reducir los casos de violencia familiar y apoyar adecuadamente a las personas que la sufren, evitando que se vean perjudicadas por la situación que les ha tocado vivir.

FUENTE: www.gestion.pe
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